martes, 30 de agosto de 2016

APOSTILLA CHILENA, CHILE MIEMBRO DE LA APOSTILLA, CONSULADO CHILENO EN CALI QUEDA AVOLIDO, FIN DE CADENA DE LEGALIZACION CALI, FIN DEL CONSULADO DE CHILE EN CALI, NO DEBES IR AL CONSULADO CHILENO

Finalmente llegó el día esperado. A partir de hoy, oficialmente, en Chile son válidos los documentos apostillados.
En este mismo artículo está TODA la información que necesitan y en la sección de comentarios hay MUCHÍSIMAS dudas respondidas. Por favor, revisarlas antes de comentar.
Chile entrará al convenio de La Haya a partir de agosto - 30 - 2016
Chile procedió a depositar el pertinente Instrumento de Adhesión a la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros (“Convenio de la Apostilla”), aprobada por nuestro Congreso Nacional el 19 de junio de 2012, con lo que nuestro país pasa ahora a convertirse en el Estado Contratante 112 de este Convenio.
Con ello, y en función de los plazos estipulados en este mismo instrumento internacional, la apostilla entrará en vigor internacional para Chile el 30 de agosto de 2016, aunque solo respecto de aquellos Estados Parte que no hayan presentado una objeción a nuestra adhesión.
En esa misma fecha también cobrarán vigor tanto la Ley N° 20.711 (publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2014) que implementa la citada Convención, como el Decreto Supremo N° 81 (publicado en el Diario Oficial el 28 de noviembre de 2015) que aprueba el reglamento de esta ley.
En esencia, este sistema permitirá que se suprima la actual cadena de trámites que permiten legalizar un documento cuyo origen o destino sea un país en que se aplique la Convención de La Haya, reemplazándolos por un trámite único denominado “apostilla”.
En pocas palabras, a partir del 30 de agosto de 2016 se podrán traer a Chile los documentos apostillados por el Ministerio de Relaciones de Exteriores de COLOMBIA y estos tendrán validez legal (siempre y cuando COLOMBIA no presente ninguna objeción a la adhesión de Chile al convenio).
Esto, según mi interpretación, eliminaría el trámite que se hace en el Consulado de Chile en COLOMBIA y al llegar aquí a Chile en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Esperemos que se acerque el momento para que el Ministerio saque la información más detallada.

ACTUALIZACIÓN 30-08-2016
Finalmente llegó el día esperado. A partir de hoy, oficialmente, en Chile son válidos los documentos apostillados.
En este mismo artículo está TODA la información que necesitan y en la sección de comentarios hay MUCHÍSIMAS dudas respondidas. Por favor, revisarlas antes de comentar.

Si quieres asesoría individual acerca de cualquier parte del proceso migratorio, te invito a visitar este enlace.
EMAIL: APOSTILLACALICOLOMBIA@HOTMAIL.COM
TELEFONOS: 318 720 07 58 - 318 416 05 42
TEL FIJO CALI: 395 31 09
WHATSAPP: + 57 310 385 16 82
HORARIO DE 10:00 AM - A - 12:30 AM
2:00 PM - A - 5:30 PM
CR 4 # 14 - 50 OFICINA 117
EDIFICIO ATLANTIS
DIAGONAL A SAN ANDRESITO DEL CENTRO.

lunes, 2 de mayo de 2016

APOSTILLAR EN CALI BARATO $ 35.000 URGENCIA POSTAL DOMICILIO FEDEX TNT EXPRESS DOCUMENTOS RAPIDO EXPRES

TELEFONO: 321 727 11 22

PROMOCION APOSTILLE CALI MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES APOSTILLE CALI

URGENCIAS APOSTILLAJE OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.

viernes, 29 de abril de 2016

APOSTILLAR EN CALI BARATO $ 35.000 URGENCIA POSTAL DOMICILIO FEDEX TNT EXPRESS DOCUMENTOS RAPIDO EXPRES

TELEFONO: 321 727 11 22

PROMOCION APOSTILLE CALI MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES APOSTILLE CALI

URGENCIAS APOSTILLAJE OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.

LEGALIZACION CONSULADO DE CHILE PROMOCION $ 35.000 = CALI 3A5 DIAS HABILES

TELEFONO: 321 727 11 22

PROMOCION APOSTILLE CALI MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES APOSTILLE CALI

URGENCIAS APOSTILLAJE OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.

TELEFONO: 321 727 11 22

PROMOCION APOSTILLAS BARATAS DESDE $ 35.000 CALI CENTRO

TELEFONO: 321 727 11 22

PROMOCION APOSTILLE CALI MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES APOSTILLE CALI

URGENCIAS APOSTILLAJE OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.